Vehículos y Transportes. Vehículos para el transporte de mercancías peligrosas (ADR)

Legislación, procedimiento

Regulación del transporte internacional de mercancías peligrosas, por carretera

El ADR (Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera), fue celebrado en Ginebra el 30 de septiembre de 1957, y es directamente aplicable al transporte interno.

El Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, regula las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español - (PDF, 2 Mb).

Los vehículos destinados al transporte de mercancías peligrosas por carretera deben cumplir una serie de especificaciones técnicas y ser sometidos a unos procedimientos de control, que vienen recogidos en su normativa de aplicación.

Además, los vehículos-cisternas fijas o desmontables y los vehículos batería, así como, en su caso, los vehículos EXII y EXIII y MEMU, trasladados a España de otro país parte contratante del ADR o no, con registro de tipo extranjero, para poder ser matriculados deberán, previamente, obtener un certificado ADR especial, emitido por el órgano competente autonómico en materia de Industria.

A quién dirigir la solicitud

Los Organismos de control acreditados conforme a la norma UNE-EN/IEC17020, sobre criterios generales para el funcionamiento de los diversos organismos que realizan inspección, y que cumplan con los requisitos adicionales establecidos en los apartados I, II, III y IV, según el caso, del anejo 6 del Real Decreto 97/2014, presentarán la solicitud (modelo E0029), en representación del propietario del vehículo, junto con la correspondiente documentación al Servicio Provincial competente en materia de Industria por razón del territorio.

Documentación a presentar

Por cada vehículo para el cual se solicita la emisión del certificado, se deberá aportar:

  1. Formulario de solicitud. Modelo E0029 - (DOC, 121 Kb)

  2. Certificado ADR vigente con todos los datos y sellos necesarios según el modelo oficial del ADR.

  3. Certificado o copia autorizada de la aprobación de tipo por la autoridad competente, u organismo autorizado por ella, del país de origen donde se fabrica.

  4. Documentación del fabricante de vehículos-cisternas fijas o desmontables, vehículo batería, vehículos EXII o EXIII y MEMU. Los documentos a presentar, deben tener sus hojas ordenadas y unidas en un conjunto o proyecto técnico. Todas sus hojas se sellarán, tanto por el fabricante o importador, como por el organismo de control extranjero que controló e inspeccionó la construcción e hizo la prueba hidráulica inicia. Documentos a presentar:

    1. Acompañando a la memoria original, memoria descriptiva completa en español.

    2. Cálculos, según el código de cálculo utilizado, normas técnicas del ADR y características de los materiales, acompañando para esto un certificado de los materiales de la cisterna en cuestión.

    3. Planos del conjunto y planos de detalles de los equipos de servicio y de protección, bocas de hombre y de inspección, así como de las secciones y alzado de los rompeolas y mamparos.

    4. Acompañando a la memoria original, memoria de los equipos de servicio en español.

    5. Croquis de inspección de soldaduras y coeficiente empleado para el cálculo posterior de los espesores de fondos y virolas, mamparos o rompeolas en su caso.

    6. De acuerdo con el ADR, lista de materias a solicitar y código de la cisterna en su caso.

    7. Actas de todos los ensayos, de materiales, radiografías de soldaduras, pruebas hidráulicas y de estanquidad y calibrado y tarado de los equipos de servicio.

    8. Además de los Documentos anteriores es necesario un Acta de Inspección de la cisterna, emitido por un organismo de control español, con medición de espesores, siempre que sea posible, firmada y sellada por este.

  5. Justificante del pago de la tarifa 50.1 de la Tasa 14, apartado 5 (por cada certificado)

Documentación adicional

En el caso de vehículos-cisterna fijas o desmontables, vehículos-batería o MEMU, de 4 bares o más, será necesario aportar un manual de calidad del fabricante, informado favorablemente por un organismo de control español.

La ausencia de alguno de los documentos citados, incluyendo el Acta de inspección, dará lugar a la no emisión del certificado ADR por la autoridad competente española.

Todas las hojas de los documentos anteriores deben estar ordenadas y unidas en un conjunto o proyecto técnico, selladas todas sus hojas por el fabricante o importador y por el organismo de control extranjero que controló e inspeccionó la construcción e hizo la prueba hidráulica inicial.

Tasas

Formulario de autoliquidación. Modelo 514. Tarifa 50.1 de la Tasa 14, apartado 5 (por cada certificado)

Última actualización: 05/06/2024

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