Tarifas en los servicios municipales de agua potable en Aragón
En el documento se explican los costes del servicio de agua que un municipio debe tener en cuenta, se desarrollan los tipos de tarifa que se suelen utilizar y se recomienda la estructura tarifaria denominada binomia con bloques.
La Directiva Marco del Agua contempla en su artículo 9 el principio de recuperación de costes de los servicios relacionados con el agua. Igualmente el Texto Refundido de la actual Ley de Aguas (Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio) transpone dicho principio a nuestra normativa interna y en su artículo 111 bis obliga a hacer efectivo dicho principio a partir del 2010, a través de la introducción de mecanismos de incentivación y repercusión de los costes de los servicios relacionados con el agua hacia los usuarios finales.
En este sentido es necesario que a través de las tarifas repercutir el 100% del coste de la prestación del servicio hacia el usuario final, para que dicho servicio no sea deficitario.
En general, en los municipios no se está aplicando el principio de recuperación de costes de los servicios relacionados con el agua, sobre todo no se tiene en cuenta el coste de renovación de las infraestructuras.
Siendo una medida muy impopular, puede haber resistencias a asumir el coste político que ello conlleva. Y puesto que, en buena medida, la solución al problema del agua pasa porque el usuario asuma costes adecuados para incentivar la eficiencia. La complejidad de adoptar estas medidas de nuevo requiere un acuerdo político. Los servicios públicos básicos no deben tener signo político.
El principio de recuperación de coste no es discutible, otra cosa será la política tarifaria que se quiere aplicar. Por ejemplo el favorecer a familias numerosas, personas en paro, jubilados...
Tarifas en los servicios municipales de agua potable en Aragón (PDF, 9 Mb)
Última actualización: 05/06/2024
¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.