Servicios Sociales Generales. Ayudas de Urgencia
Son prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales de Aragón.
Ayudas de Urgencia
Son prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales de carácter esencial, temporal, finalista y de pago único no periódico que tienen por finalidad resolver situaciones de urgencia que afecten a personas o unidades de convivencia a las que sobrevengan situaciones de necesidad o falta continuada de recursos.
Serán subsidiarias de otras prestaciones públicas que permitan la cobertura ordinaria de las necesidades del beneficiario.
Las ayudas de urgencia pueden ser de dos tipos:
- Ayudas de urgencia para situaciones generales
- Ayudas de urgencia específicas para el pago del consumo energético
Ayudas de Urgencia para situaciones generales
Este tipo de ayudas se dirige a cubrir las siguientes necesidades:
- Imposibilidad de continuar en el uso y disfrute de la vivienda habitual.
- Carencia de medios económicos para conservar las condiciones de habitabilidad, incluyendo entre otros, los gastos de adquisición de equipamiento básico de la vivienda habitual.
- Alimentación.
- Cuidados personales esenciales, prioritariamente vestido e higiene.
- Alojamiento temporal en casos de urgencia social
- Transporte en casos de urgencia social
- Gastos de medicación y otros cuidados sanitarios, que vengan diagnosticados por un facultativo sanitario del sistema público de salud, cuando no se hayan podido cubrir por otro sistema de protección social.
- Situaciones de emergencia que ponen en peligro la convivencia en la unidad familiar, riesgo de exclusión social de la unidad de convivencia o de alguno de sus miembros que no estén contempladas en las anteriores ni por otras prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales.
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Las personas que reúnan los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad o menor emancipado que se hallen en una situación sobrevenida de necesidad.
- Tener constituido un hogar independiente.
- Estar empadronado y tener residencia efectiva en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón (por razones humanitarias y de fuerza mayor, podrá excluirse el requisito de empadronamiento).
- Carecer de ingresos suficientes conforme a la normativa vigente que regula esta prestación.
- No poder cubrir al inicio del procedimiento sus necesidades básicas de subsitencia por sus medios, ni desde otros recursos sociales, o a través de ayuda de terceros obligados legalmente, asumiendo en todo caso, el compromiso de solicitar dicha ayuda o prestación.
Ayudas de urgencia para el pago del suministro energético
Las personas o unidades de convivencia en situación de vulnerabilidad o especial vulnerabilidad pueden acceder a estas ayudas para el pago de los consumos energéticos que no pueden afrontar por su situación económica, referidos al consumo de gas, energía eléctrica y agua.
Las ayudas se conceden a la persona titular del contrato de suministro, para el que se solicitan, referido únicamente a su vivienda habitual y permanente.
El acceso a estas ayudas se realiza de la siguiente forma:
- En el plazo de 10 días desde que se ha recibido la notificación de impago el interesado debe ir a su Centro de Servicios Sociales.
- Si ya le han cortado el suministro, dispone de 5 días para acudir a su Centro de Servicios Sociales.
- En ambos casos deberán seguir las indicaciones del profesional de Trabajo Social y aportar la documentación que le solicite.
Normativa
¿Dónde solicitar más información?
En los Centros de Servicios Sociales y Ayuntamiento del Municipio de residencia.
Última actualización: 28/12/2023
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