Desfibriladores semiautomáticos en establecimientos no sanitarios en Aragón

Desfibriladores semiautomáticos. Mapa, normativa y empresas autorizadas para impartir formación.

Señal de Desfibrilador Externo Automático (DEA)

Advertencias importantes:

  1. La búsqueda de un desfibrilador no exime de la necesidad de AVISO URGENTE A EMERGENCIAS, 061, etc.

  2. La utilización de los desfibriladores será efectuada por personas con formación y capacitación suficiente para su utilización. No obstante, En caso de emergencia, si no existiera personal entrenado disponible para el uso del desfibrilador, cualquier ciudadano podrá utilizar cualquier dispositivo de la red de DEA, siguiendo las instrucciones de los servicios de emergencias, con independencia de la ubicación y de la propiedad o titularidad de los aparatos.

  3. Será obligatorio que exista un desfibrilador (DEA) en los espacios o lugares relacionados en el anexo V del Decreto 30/2019, de 12 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el uso de desfibriladores automatizados externos fuera del ámbito sanitario.

  4. La instalación de uno o más DEA, ya sea efectuada con carácter voluntario u obligatorio, conllevará la aplicación de lo dispuesto en este Decreto en materia de comunicación, dotación complementaria y formación de personal habilitado para su uso.

  5. La información correspondiente a la ubicación de los desfibriladores es de carácter orientativo ya que depende de los datos que las empresas y entidades facilitan y es necesario que sean actualizados periódicamente.

  6. Los listados y mapas de ubicación de desfibriladores se actualizarán de forma periódica.

Última actualización: 20/06/2024

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