Seguridad industrial. Mantenimiento, revisiones e inspecciones de grúas móviles autopropulsadas
Normativas y requisitos aplicables.
Mantenimiento y revisiones
- Norma de aplicación: las grúas y sus accesorios serán revisadas de acuerdo con lo establecido por el fabricante de la grúa móvil o de los conjuntos incorporados a esta, en los manuales específicos para revisión y mantenimiento, cumpliendo lo establecido en el capítulo 5 de la norma UNE 58508 “Instrucciones de servicio para manejo y entretenimiento de grúas móviles.”
- Quien puede realizarlas: empresas conservadoras habilitadas.
- Frecuencia: mínimo cada 6 meses y deberá quedar reflejado el resultado de la revisión en el libro historial de la grúa.
Inspecciones oficiales
- Norma de aplicación: se deberán controlar los conceptos que figuran en el anexo IV “Ficha de inspecciones oficiales” de la ITC MIE-AEM-4, del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas.
- Quien puede realizarlas: Organismo de Control.
- Frecuencia: en función de la antigüedad. La fecha de inicio será la fecha de la declaración «CE» de conformidad o de fabricación que figure en la declaración de adecuación, en su caso.
- antigüedad ≤ 6 años: 3 años
- 6 < antigüedad ≤ 10 años: 2 años
- 10 años < antigüedad o que no se acredite la fecha de fabricación: 1 año.
- Trámite: Una vez realizada la inspección, el Organismo de Control la comunicará al Servicio Provincial competente en materia de seguridad industrial, donde esté inscrita.
Última actualización: 15/07/2024
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