Principales novedades del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027

De acuerdo a la nueva Política Agraria Común (PAC), cada país ha elaborado un Plan Estratégico de la PAC. Puedes conocer aqui las principales novedades del plan de España para el período 2023-2027

  1. Las ayudas directas de la PAC se dirigirán a personas que cumplan alguna de las siguientes condiciones: 

    • Estar afiliadas a la Seguridad Social agraria por cuenta propia. 
    • Al menos el 25 % de sus ingresos totales tienen que proceder de la actividad agraria 
    • El importe de ayudas directas que reciban debe ser menor o igual a 5.000 € anuales.
  2. Sustituyendo al pago básico y con el fin de incrementar la remuneración de las explotaciones agrarias y contribuir a su resiliencia, se articula la Ayuda básica a la renta para la sostenibilidad y del pago redistributivo, que supondrán el  61 % del presupuesto de los pagos directos. 

    Regiones

    Se mantiene la regionalización pero simplificada, pasando de 50 a 20 regiones. El importe de la ABRS variará por regiones agrarias (agrupaciones de comarcas agrarias con características agronómicas similares) para dar respuesta a las diferencias de estructuras de producción del sector agrario. 

    Convergencia

    Se continúa y profundiza con la convergencia de las ayudas por región, de cara a conseguir un reparto más equitativo de las ayudas.

    En el proceso de convergencia interna, los valores de los derechos de pago por encima de la media regional se reducen con el fin de aumentar el valor de los derechos por debajo de la media.

    En 2021, todos los derechos alcanzaron el 70 % del valor medio regional. El objetivo es que en 2026, el valor de todo derecho sea, al menos, el 85 % del valor medio regional y en 2029 se llegue a la plena convergencia.

    Limitación de pagos (Capping)

    Se aplica en los pagos a grandes explotaciones. Se limitarán los importes de la ABRS por persona beneficiaria y año:

    • Reducción progresiva del importe que supere los 60.000 €. 
    • Limitación del importe a 100.000 €.

    La reducción será del 25 % de 60.000 € a 75.000 €, del 50% de 75.000 € a 90.000 € o del 85 % de 90.000 € a 100.000 €.
    Para evitar distorsiones en el empleo, se podrán descontar los costes salariales directamente soportados y los costes laborales de empresas de servicios agrícolas, pero ninguna explotación cobrará más de 200.000 € de ABRS.

    Reserva nacional

    Se continúa con este mecanismo que permite conceder derechos atendiendo con carácter prioritario a los agricultores jóvenes y a los nuevos agricultores que se establezcan por primera vez; a titulares que no han participado nunca en el sistema de derechos de pago básico (viñedo o frutas y hortalizas y programas de reestructuración).

  3. El Pago Redistributivo (PR) es un pago complementario a la ABRS y se concede a las primeras hectáreas de todas las explotaciones, favoreciendo a las explotaciones medianas profesionales utilizando un doble umbral que varía para cada una de las 20 regiones agrarias.

    • En las primeras hectáreas de la explotación y hasta el primer umbral (X hectáreas), el pago redistributivo será del 20 % del valor medio regional.
    • A partir del primer umbral (X hectáreas) y hasta un segundo umbral (Y hectáreas), el pago redistributivo será del 40 % del valor medio regional.
    • A partir de este último umbral de hectáreas (Y hectáreas) no se concede el pago redistributivo.
  4. En esta reforma de la PAC se incrementa la ambición medioambiental y climática de la condicionalidad que se venía aplicando: 

    • Se incluyen aspectos de la condicionalidad actual.
    • Se añaden algunos aspectos novedosos. 
    • Se incorporan normas anteriormente incluidas en el pago verde o greening, en algunos casos, con exigencias mayores que las del periodo previo.

    La condicionalidad son las normas y buenas prácticas agrarias y medioambientales que cualquier persona beneficiaria de las ayudas directas de la PAC, de los pagos por superficie y animales de Desarrollo Rural (compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión, zonas con limitaciones naturales, Red Natura 2000), tiene que cumplir en relación al clima y medio ambiente, la salud pública y la fitosanidad y el bienestar animal.

    La condicionalidad cuenta con once Requisitos Legales de Gestión (RLG) y diez Buenas Condiciones Agrícolas y Medioambientales (BCAM). 

  5. Los eco-regímenes remuneran a las explotaciones que lleven a cabo prácticas agrícolas o ganaderas beneficiosas para el clima y el medio ambiente mediante compromisos anuales voluntarios que tengan un nivel de exigencia mayor que la derivada del cumplimiento de la condicionalidad (que constituye la línea de base de partida).

    Cubren todos los usos posibles del suelo, es decir, pastos permanentes y temporales, tierras de cultivos herbáceos y tierras de cultivos permanentes. 

    Se puede escoger entre las prácticas que más interesen según el modelo de explotación (estructura de mosaico), pero  sobre una misma hectárea, sólo podrá computar una práctica.

    Las explotaciones deben estar inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias (REA) o en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA).

    Para un mismo tipo de superficie, el importe esperado de la ayuda recibida por hectárea, es el mismo con independencia de la práctica que se realice, salvo en el caso de la práctica P5 (espacios de biodiversidad).

    Degresividad 

    En el caso de que no exista disponibilidad presupuestaria suficiente para atender el pago de todas las solicitudes presentadas para un eco-régimen, se aplicará la degresividad, de forma que la ayuda podrá reducirse al 70 % para las hectáreas de la explotación por encima de los umbrales de degresividad definidos.

  6. Las ayudas asociadas se conceden por la realización de un determinado cultivo o por el mantenimiento de un determinado tipo de ganado. Se dirigen a sectores o tipos de explotaciones vulnerables desde el punto de vista social y económico, especialmente:

    • sectores ganaderos (vacuno de carne, ovino y caprino y vacuno de leche),
    • sectores agrícolas. 

    Además, en este periodo se aumenta el presupuesto de ayudas asociadas a los cultivos proteicos, con el objeto de reducir la dependencia externa de España en proteínas de origen vegetal.

    Ayudas asociadas a la ganadería:

    • Producción sostenible de leche de vaca.
    • Vacuno extensivo.
    • Engorde de terneros en la explotación de nacimiento.
    • Engorde sostenible de terneros.
    • Producción sostenible de leche de oveja y cabra.
    • Ovino y caprino que pastan barbechos, rastrojeras o restos de cosecha hortícola, incluida la ganadería extensiva y semiextensiva sin pastos a su disposición.
    • Ovino y caprino de producción de carne en extensivo y semiextensivo.

    Ayudas asociadas a la agricultura:

    • Producción de frutos secos en secano en áreas con riesgo de desertificación.
    • Producción tradicional de uva pasa.
    • Producción sostenible de remolacha.
    • Producción sostenible de tomate para transformación.
    • Olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental.
    • Producción sostenible de arroz.
    • Producción sostenible de proteínas de origen vegetal. 
    • Pago al algodón de buena calidad, limpio y comercializable de ciertas variedades cultivadas en tierras agrícolas autorizadas. 
  7. En el siguiente periodo, se van a continuar con las intervenciones sectoriales vigentes hasta ahora: 

    • Programas Operativos de las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas: la novedad principal es que al menos el 15 % del gasto debe destinarse a acciones medioambientales y el 2 % a investigación. 
    • Intervención sectorial en el Sector del Vino: se deberá destinar al menos el 5 % del gasto para cumplir objetivos medioambientales y climáticos. 
    • Intervención sectorial para el Sector Apícola: aumento de presupuesto respecto al periodo anterior. 
  8. El Pago complementario a la ABRS para jóvenes de hasta 40 años para favorecer el relevo generacional en el sector agrario se dirige a personas incorporadas por primera vez y recientemente como jefe o jefa de explotación y que cumplan con unos criterios mínimos de formación y/o capacitación agraria.

    El importe de esta ayuda es el valor medio regional de los derechos de pago hasta un máximo de 100 hectáreas.

    Si la beneficiaria es mujer, titular o cotitular de explotación, se incrementa el 15% (por primera vez se incorpora el enfoque de género en la PAC).

    La duración de la ayuda son cinco años.

    Además muchas otras medidas cuentan con un trato diferenciador y favorable para jóvenes, por ejemplo, en materia de formación y asesoramiento y la puesta en marcha de nuevas empresas rurales.

  9. Integra el conjunto de bases de datos y registros administrativos interconectados, con la información de las explotaciones agrarias. 

    Habrá dos componentes diferenciados e interconectados: el de la Administración General del Estado, cuya plataforma constituye el SIEX, y el de las comunidades autónomas.

    En este segundo caso, quedarán integrados en:

    • el Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA), el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA), el Registro de movimiento de ganado (REMO) y el de Registro de identificación individual de animales (RIIA)
    • el Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE), una herramienta que deberán utilizar los agricultores y ganaderos para aglutinar todos los datos de sus explotaciones e intercambiarlos con las administraciones.

    También se incluirán el registro electrónico de transacciones y operaciones con productos fitosanitarios, el nacional de asociaciones y organizaciones de productores, y el de maquinaria, además del sistema unificado de información del sector lácteo y el de información de los mercados oleícolas.

    Contará con los datos de la solicitud única de la PAC y de los pagos de los fondos agrícolas europeos FEAGA y FEADER, junto al registro general de operadores de producción ecológica y los planes de seguros agrarios combinados, completan el sistema.

    Cuadernos digital de explotación agrícola (CUE)

    En el CUE, los productores deberán consignar, de manera electrónica, los datos generales del cultivo en cada parcela agrícola, los tratamientos fitosanitarios y de fertilización que se apliquen, según la normativa, además de otros aspectos.

    El CUE entrará en vigor el 1 de septiembre de 2023 para aquellas explotaciones que cumplan alguna de las siguientes condiciones:

    • Superar las 30 hectáreas de tierra de cultivo o de pastos permanentes, o 10 hectáreas de cultivos permanentes.
    • Tener más de 5 hectáreas de regadío.
    • Disponer de alguna parcela de invernadero.

    Para el resto de las explotaciones, el CUE será obligatorio el 1 de julio de 2024.

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Última actualización: 25/09/2024

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