Evaluación Ambiental en zonas ambientalmente sensibles. Preguntas frecuentes.

Aclaración de cuestiones relativas al trámite administrativo de Evaluación Ambiental de zonas ambientalmente sensibles.

  1. Este procedimiento se debe solicitar siempre antes de comenzar la actividad o el proyecto.

  2. Si se trata de proyectos, actividades o instalaciones que requieran una autorización, la petición del informe la puede realizar tanto el promotor del proyecto como el órgano administrativo que tiene la competencia para autorizar el proyecto.

    En el caso de que no esté prevista una autorización administrativa para el proyecto o actividad que se pretende desarrollar corresponderá al órgano ambiental competente, la autorización del mismo, por lo que será el propio promotor quién presentara la documentación necesaria.

  3. En este caso, la documentación debe incluir un apartado específico dedicado a la evaluación de sus repercusiones en el lugar, teniendo en cuenta los objetivos de conservación del espacio.

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Última actualización: 27/09/2024

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