Convocatoria subvenciones programas de interés social con cargo IRPF

Convocatoria anual de ayudas para entidades de acción social y organizaciones no gubernamentales para la realización de programas de interés social, financiados con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades.

Convocatoria 2024 0.7% IRPF e Impuesto Sociedades - Programa de interés social de Aragón

Resolución

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Propuesta de resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones destinadas a fines de interés social en la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, 2024  (PDF, 1196KB) (corrige los anexos VI. Listado de puntuación de programas de gasto corriente y VII. Listado de puntuación de programas de inversiones, en relación a la desagregación de las puntuaciones de los criterios de valoración, así como la falta de programas que no superan la fase de valoración de programa).

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Propuesta de resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones destinadas a fines de interés social en la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades 2024 (PDF, 232 KB)     (corrige causas de no concesión de 4 programas del anexo III de la propuesta de concesión).

Propuesta de resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones destinadas a fines de interés social en la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, 2024.

Periodo de reformulación: Del 13 al 22 de noviembre de 2024 (instrucciones y modelos de reformulación conformes a lo recibido en el correo electrónico que figura como contacto en la plataforma del 0,7% del IRPF

Bases Reguladoras

ORDEN BSF/402/2024, de 22 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de  subvenciones destinadas a fines de interés social en la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.

Convocatoria 2024

ORDEN BSF/494/2024, de 8 de mayo, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones destinadas a fines de interés social en la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, 2024.

ORDEN BSF/600/2024, de 3 de junio, por la que se modifica la Orden BSF/494/2024, de 8 de mayo.

EXTRACTO de la Orden BSF/494/2024, de 8 de mayo, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones destinadas a fines de interés social en la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, 2024.

CORRECCIÓN de errores del Extracto de la de la Orden BSF/494/2024, de 8 de mayo, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones destinadas a fines de interés social en la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, 2024.

Plazo de presentación: del 21 de mayo al 24 de junio de 2024

Lugar de presentación: por medio telemáticos, en el tramite 10232

 

Esquema de las memorias e instrucciones de cumplimentación en formato Word

El formulario autorrellenable de la memoria de entidad (solo para las entidades ejecutantes sin personalidad jurídica), se puede descargar desde aquí.

Documento de aclaraciones y respuesta a las consultas recibidas sobre la convocatoria de subvenciones. Versión 6 (17 de junio de 2024).

Novedades: La convocatoria de 2024 introduce numerosas novedades, tanto en su denominación, como en el marco normativo, en los requisitos y límites de los programas o en los criterios de valoración, entre otros. El resumen de todas estas novedades pueden consultarse en:

Destacar entre estas novedades que:

1. No tendrán la consideración de entidades beneficiarias:

  • Las fundaciones bancarias
  • Las fundaciones que se constituyan de forma inicial con una aportación mayoritaria, directa o indirecta , proveniente de entidades mercantiles, o bien la reciban con posterioridad a su constitución; aquellas en las que el patrimonio de la fundación esté integrado en más de un cincuenta por ciento por bienes o derechos aportados o cedidos por entidades mercantiles; o aquellas en las que la mayoría de derechos de voto en su patronato corresponda a representantes de entidades mercantiles por razón de su cargo.

2. El número máximo de programas que podrá presentarse será de 20 programas.

3. Los programas de inversión se dirigen a la "promoción y adecuación de centros y unidades de atención a personas mayores, menores y personas con discapacidad", siendo necesario que:

  • En los programas de obras se cuente con la correspondiente autorización para llevar a cabo la inversión, por parte del órgano competente en materia de servicios sociales del Departamento de Bienestar Social y Familia, o haberla solicitado con al menos tres meses de antelación, en el momento que se publique la convocatoria de estas subvenciones en el Boletín Oficial de Aragón, a excepción de las nuevas obras de construcción, que no requerirán a dicha autorización.

 

 

Última actualización: 15/11/2024

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