Consejo de Salud de Aragón
Es el máximo órgano de participación ciudadana en materia de salud.
La Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón reconoce el derecho de los usuarios a participar en las actividades sanitarias a través de los cauces previstos y crea el Consejo de Salud de Aragón como órgano colegiado para el ejercicio de la participación ciudadana en la formulación de la política sanitaria y en el control de su ejecución, asesorando e informando al Departamento responsable en materia de salud.
Está presidido por el titular del Departamento de Sanidad y en su composición participan responsables del Departamento de Sanidad, de otros Departamentos competentes en temas como educación, bienestar social, alimentación o función pública, representantes de los sectores, diputaciones provinciales, administración local, grupos parlamentarios de las Cortes, empresarios, sindicatos, colegios profesionales, vecinos, consumidores, pacientes y consejos de salud de zona.
Entre sus funciones están aquellas relacionadas con los planes de salud y la definición de estrategias en salud, los límites territoriales, fomento de la promoción de la salud y modificaciones orientadas a optimizar el funcionamiento del Sistema de Salud. Así mismo, el Consejo de Salud de Aragón ha sido el foro de debate de actuaciones específicas para dar respuesta a situaciones sanitarias puntuales.
En los siguientes enlaces, hay más información sobre normativa, miembros que lo componen y actas de las reuniones del Consejo.
- Funciones, composición y normativa del Consejo de Salud de Aragón.
- Reuniones del Consejo de Salud de Aragón.
Contacto
Tel. 976 71 32 87
Última actualización: 30/09/2024
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