Aparatos eléctricos y electrónicos

Normativa, prevención y gestión de estos aparatos.

El Real Decreto 110/2015, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónico, establece las siguientes definiciones:

  • Aparatos eléctricos y electrónicos (AEE): todos los aparatos que para funcionar debidamente necesitan corriente eléctrica o campos electromagnéticos, y los aparatos necesarios para generar, transmitir o medir tales corrientes y campos, que están destinados a utilizarse con una tensión nominal no superior a 1000 voltios en corriente alterna y 1500 voltios en corriente continua.
  • Residuos eléctricos y electrónicos (RAEE): todos los aparatos eléctricos y electrónicos que pasan a ser residuos de acuerdo con la definición que consta en el artículo 3.a) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Esta definición comprende todos aquellos componentes, subconjuntos y consumibles que forman parte del producto en el momento en que se desecha.

Según su origen, los RAEE se clasifican en dos tipologías:

  • RAEE domésticos: procedentes de hogares particulares o de fuentes comerciales, industriales, institucionales y de otro tipo que, por su naturaleza y cantidad, sean similares a los procedentes de hogares particulares.
  • RAEE profesionales: no RAEE distintos a los domésticos

Los AEE son productos muy complejos que, generalmente, incluyen numerosas partes y componentes de materiales muy diversos y de diferente naturaleza.

Los ciclos de innovación y sustitución de los AEE son cada vez más breves, lo que, sumado a la cultura de usar y tirar, provoca un aumento progresivo de la cantidad de RAEE que se generan, destacando como características peculiares de este tipo de residuos su alto contenido en materiales valiosos y que pueden contener sustancias peligrosas (metales pesados, aceites minerales, gases que agotan la capa de ozono…).

Dentro de la planificación autonómica, los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos están incluidos en el Subprograma Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (del Programa de Responsabilidad Ampliada del Productor), página 127, del Plan GIRA 2018-2022.

Fracciones de RAE

Categorías y subcategorías de AEE incluidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto 110/2015 (anexo III) a partir del 15 de agosto de 2018

Normativa

Normativa sobre Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos

Además de la normativa anterior, ha de señalarse en materia de prevención, el Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (PDF, 329 KB)

Sobre la producción de AEE y la gestión de sus residuos

El Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RD RAEE) , dedica su artículo 8 al Registro Integrado Industrial y mantiene la obligación de que todos los productores de aparatos eléctricos y electrónicos AEE (o su representante autorizado) se inscriban en la sección especial para los productores de aparatos eléctricos y electrónicos del Registro Integrado Industrial (RII-AEE), previsto en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y en el Reglamento del Registro Integrado Industrial, aprobado por el Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo.

El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo dispone de una Guía de Aplicación del RII-AEE. Además se puede consultar una Nota Informativa , elaborada conjuntamente entre este Ministerio con el Ministerio de Transición Ecológica, cuyo objetivo es informar a todo productor de aparatos eléctricos y electrónicos afectado por la ampliación del ámbito de aplicación establecido por el Real Decreto 110/2015, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

Prevención y gestión

La actual legislación en materia de RAEE, promueve la producción y consumo sostenibles de aparatos eléctricos y electrónicos, contribuyendo a prevenir la generación de sus residuos. Evitar este tipo de residuos se logra a través de un consumo responsable de AEE, prolongando su vida útil y reutilizándolos. Un aspecto clave en materia de gestión de RAEE es el diseño de este tipo de productos, que debe ser tal que se favorezca su reparación, reutilización, desmontaje y reciclado.

Antes de desechar definitivamente los AEE, tanto domésticos como profesionales, se puede tratar de repararlos o destinarlos a un segundo uso entregándolos al mercado de segunda mano. La reutilización de los AEE supone el aumento en la vida media del aparato, un ahorro de recursos, la reducción en la cantidad de residuos generados y una forma de consumo responsable.

En la gestión de los RAEE generados se aplica el principio de responsabilidad ampliada del productor, de manera que el responsable de la puesta en el mercado del equipo eléctrico (el fabricante o el importador, según sea el caso) tiene la obligación de hacerse responsable de la gestión de los residuos que proceden de sus aparatos. El productor debe adoptar las medidas necesarias para que los residuos de los aparatos puestos en el mercado sean recogidos de forma selectiva y se gestionen de forma adecuada. El productor del AEE puede cumplir sus obligaciones mediante un sistema integrado de gestión / sistema colectivo de responsabilidad de los fabricantes en las generación de residuos.

Para optimizar su gestión, es preferible una recogida separada de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Existen varios canales de recogida autorizados:

  • puntos limpios
  • recogida puerta a puerta
  • distribuidores que se encargan de recoger el AEE viejo cuando en el momento del suministro de un AEE nuevo equivalente, tanto si se lleva a cabo en el punto de venta del distribuidor como en el domicilio del consumidor. Además, en el caso de tiendas que tengan más de 400 metros cuadrados con venta de AEE, deberán de disponer de contenedores para recoger pequeños aparatos eléctricos (ninguna dimensión superior a 25 cm), sin necesidad de una compra de aparato equivalente. Ha de señalarse que las obligaciones del distribuidor son las mismas si se trata de venta on line, como si dispone de un punto de venta físico.sistemas de devolución puestos en marcha directamente por los fabricantes
  • recogida por gestores autorizados

La entrega de RAEE domésticos no debe suponer coste alguno para el usuario, mientras que en el caso de los RAEE profesional, el coste es gratuito para todos los equipos adquiridos a partir del 13 de agosto de 2005. Si se ha adquirido anteriormente, sólo es gratuito para el usuario cuando se reemplaza por otro nuevo.

Sobre los RAEE recogidos, deben llevarse a cabo operaciones que permitan por un lado recuperar los materiales valorizables para aprovechar al máximo los recursos y, por otro lado, asegurarse de que las sustancias peligrosas que contienen no acaban emitiéndose al medio ambiente. Para evitar efectos perjudiciales sobre la salud humana y el medio ambiente es que todas las etapas de la gestión, desde su recogida, almacenamiento, transporte y tratamiento, deben llevarse a cabo en condiciones seguras, sin mezclase con residuos de otros tipos y evitando manipulaciones o roturas que puedan poner en riesgo a las personas y al medio ambiente. Todos estos aspectos están legislados en la actual normativa de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

Más información y contacto

Servicio de Planificación Ambiental

planificacionamb@aragon.es

Última actualización: 27/04/2023

¿Te ha resultado útil esta página?

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web

Gracias por tu valoración

Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es

Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.