Programa Autonómico de Control Oficial de la Higiene de la producción primaria agrícola y del uso de productos fitosanitarios

  • Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria
  • Servicio de Sanidad y Certificación Vegetal
  • Industria y análisis agroalimentario

El Programa Nacional de Control Oficial de la Higiene de la Producción Primaria Agrícola y del Uso de Productos Fitosanitarios es uno de los Programas integrantes del Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria (PNCOCA).

Toma de muestras de producto vegetal

Bolsas precintadas de la toma de muestras reglamentaria para el análisis de residuos de productos fitosanitarios

El Programa Nacional de Control Oficial de la Higiene de la Producción Primaria Agrícola y del Uso de Productos Fitosanitarios se aprobó en Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural en febrero de 2016, como uno de los Programas integrantes del Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria (PNCOCA) para el periodo 2016-2020. Actualmente, el PNCOCA cubre el periodo de programación 2021-2025 y el Programa sigue formando parte del mismo.

El Programa se elaboró para cumplir con:

  • la normativa comunitaria relativa al control oficial en el ámbito de la producción primaria agrícola, del “Paquete Higiene”
  • la normativa española:
    • Real Decreto 9/2015, de 16 de enero, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene en la producción primaria agrícola
    • Real Decreto 379/2014, de 30 de mayo, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de autorización de establecimientos, higiene y trazabilidad, en el sector de los brotes y de las semillas destinadas a la producción de brotes.

En Aragón se realizó, en consonancia con el Plan Nacional, el Programa Autonómico de Control Oficial de la Higiene de la producción primaria agrícola y del uso de productos fitosanitarios.

Vigilancia y controles

Los aspectos que pretende controlar este programa, como se establece en el Real Decreto 9/2015 (artículo 6.1), se encuadran en tres ámbitos para los que se ha desarrollado normativa comunitaria y autonómica:

  1. Las obligaciones que han de cumplir los operadores en relación a la higiene de la producción primaria agrícola en cuanto a los siguientes elementos:
    • El agua de uso agrícola.
    • Los productos fitosanitarios.
    • Los fertilizantes.
    • Las condiciones higiénico sanitarias de las personas trabajadoras y de las explotaciones agrícolas.
    • Las condiciones sanitarias en las operaciones conexas: carga, transporte, almacenamiento y envasado en las explotaciones.
    • Aspectos microbiológicos.
  2. Las distintas cuestiones relativas al uso adecuado de los productos fitosanitarios.
  3. Los distintos requisitos establecidos para el sector de producción primaria de brotes y de semillas destinadas a la producción de brotes.

La autoridad competente del Programa Autonómico de Control Oficial de la Higiene de la producción primaria agrícola y del uso de productos fitosanitarios es la Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria, con el apoyo de la Dirección General de Producción Agraria y los Servicios Provinciales de Zaragoza, Huesca y Teruel del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente. El Servicio de Sanidad y Certificación Vegetal elabora, coordina y efectúa el seguimiento de la ejecución de dicho programa.

Última actualización: 02/03/2023

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