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Compensaciones económicas a árbitros de elecciones sindicales

N°1905

A través de este trámite, las personas que han sido nombradas como árbitros por la autoridad laboral podrán solicitar la compensación económica que les corresponde por la resolución de los procedimientos de reclamaciones en materia electoral en los procedimientos de elecciones a órganos de representación de los trabajadores y del personal al servicio de las Administraciones Públicas, según el Decreto 3/2017, de 18 de enero.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

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Dirigido a

  • Árbitros designados conforme a lo dispuesto en el artículo 76.3 del Estatuto de los Trabajadores y artículo 28.3 de la Ley 9/1987, de 12 de junio

Requisitos

  • Haber sido designados árbitros conforme a lo dispuesto en el artículo 76.3 del Estatuto de los Trabajadores y artículo 28.3 de la Ley 9/1987, de 12 de junio.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Laudo dictado

    Copia del laudo dictado.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Documento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias

  • Documento acreditativo de estar al corriente de pago con la Seguridad Social

  • Corriente de pago para contratación

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

Contacto y ayuda

  • Teléfono. 976715945 / 976715946
  • Correo electrónico. rrll@aragon.es
  • Cita previa. Teléfono 976715945 / 976715946
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  • Otros canales. Horario teléfono De 9:00 a 14:00 horas
  • Cita previa. Horario De 9:00 a 14:00 horas

¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

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Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

3 meses, contados desde la fecha en que se hubiera presentado la solicitud

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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