Metrología Legal. Precintos para el Control Metrológico

Procedimiento de etiquetado de los instrumentos de medida, e información relacionada con los precintos

Procedimiento de etiquetado de los instrumentos de medida

Los organismos de verificación metrológica o los reparadores, que hayan modificado o  reparado un instrumento de medida, una vez comprobado su correcto funcionamiento ajustando a cero el error del instrumento y comprobando que los resultados de sus mediciones se encuentran dentro de los errores máximos permitidos reglamentariamente, colocarán nuevamente los precintos que hayan tenido que destruir para su intervención y cumplimentarán los documentos que se determinen en la regulación específica.

Los requisitos generales aplicables a los precintos reglamentarios de cualquier tipo con independencia de su tipología, tamaño, material de fabricación, u otros parámetros semejantes, a los efectos de su normalización, se atendrán a lo establecido en el anexo III sección 4ª del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología - (PDF, 184 Kb), en el que se indica que:

Identificación de los precintos

La identificación de los precintos, a los efectos de su normalización a nivel nacional, dispondrá de un máximo de 7 dígitos en la parte que corresponde al numeral del precinto según el siguiente esquema:

10-OV-NNNNNNN, 10-Y-NNNNNNN, donde:

  • «10» identificación asignada a la Comunidad Autónoma de Aragón.

  • «OV» identifica que es un organismo autorizado de verificación metrológica el solicitante del precinto

  • «Y» identifica el sector de actividad en el actúa el solicitante del precinto, de acuerdo con los siguientes indicadores:

    • ​​​​​M, Masa, fuerza y pesaje

    • E, Electricidad

    • G, Gases

    • A, Agua

    • H, Hidrocarburos

    • P, Presión

    • D, Dimensional

    • V, Volumetría

    • C, Termometría y Calorimetría

    • T, Tiempo y frecuencia

    • N, Preenvasados

    • I, Instrumentos especiales

  • «NNNNNNN», con 7 dígitos, será asignada por la Dirección General competente en materia de industria del Gobierno de Aragón.

Solicitud de identificación numeral de precintos

  • Los organismos de verificación metrológica o los reparadores, y según el tipo de instrumento, deberán solicitarlo a través del correo electrónico sgi@aragon.es con acuse de recibo, indicando:

  • Asunto: Solicitud de identificación numeral de precintos

  • Entidad que representan, aportando número de inscripción en el Registro de Control Metrológico (10-OV- ZZZZ ó 10-Y- ZZZZ-R).

  • Cantidad de códigos de precinto que solicitan, en función de las actividades realizadas el año anterior a la solicitud.

  • Correo electrónico para comunicar la numeración asignada.​​

Última actualización: 22/01/2024

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