Metrología Legal. Precintos para el Control Metrológico
Procedimiento de etiquetado de los instrumentos de medida, e información relacionada con los precintos
Procedimiento de etiquetado de los instrumentos de medida
Los organismos de verificación metrológica o los reparadores, que hayan modificado o reparado un instrumento de medida, una vez comprobado su correcto funcionamiento ajustando a cero el error del instrumento y comprobando que los resultados de sus mediciones se encuentran dentro de los errores máximos permitidos reglamentariamente, colocarán nuevamente los precintos que hayan tenido que destruir para su intervención y cumplimentarán los documentos que se determinen en la regulación específica.
Los requisitos generales aplicables a los precintos reglamentarios de cualquier tipo con independencia de su tipología, tamaño, material de fabricación, u otros parámetros semejantes, a los efectos de su normalización, se atendrán a lo establecido en el anexo III sección 4ª del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología - (PDF, 184 Kb), en el que se indica que:
Identificación de los precintos
La identificación de los precintos, a los efectos de su normalización a nivel nacional, dispondrá de un máximo de 7 dígitos en la parte que corresponde al numeral del precinto según el siguiente esquema:
10-OV-NNNNNNN, 10-Y-NNNNNNN, donde:
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«10» identificación asignada a la Comunidad Autónoma de Aragón.
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«OV» identifica que es un organismo autorizado de verificación metrológica el solicitante del precinto
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«Y» identifica el sector de actividad en el actúa el solicitante del precinto, de acuerdo con los siguientes indicadores:
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M, Masa, fuerza y pesaje
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E, Electricidad
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G, Gases
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A, Agua
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H, Hidrocarburos
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P, Presión
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D, Dimensional
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V, Volumetría
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C, Termometría y Calorimetría
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T, Tiempo y frecuencia
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N, Preenvasados
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I, Instrumentos especiales
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«NNNNNNN», con 7 dígitos, será asignada por la Dirección General competente en materia de industria del Gobierno de Aragón.
Solicitud de identificación numeral de precintos
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Los organismos de verificación metrológica o los reparadores, y según el tipo de instrumento, deberán solicitarlo a través del correo electrónico sgi@aragon.es con acuse de recibo, indicando:
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Asunto: Solicitud de identificación numeral de precintos
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Entidad que representan, aportando número de inscripción en el Registro de Control Metrológico (10-OV- ZZZZ ó 10-Y- ZZZZ-R).
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Cantidad de códigos de precinto que solicitan, en función de las actividades realizadas el año anterior a la solicitud.
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Correo electrónico para comunicar la numeración asignada.
Última actualización: 22/01/2024
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