Delegados/as de Prevención y Comité de Seguridad y Salud
Registro de los Delegados/as de Prevención y del Comité de Seguridad y Salud.
Los Delegados/as de Prevención
Las personas delegadas de Prevención son los representantes de los trabajadores en la empresa con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. Son designadas por y entre los representantes del personal, y su número viene determinado por la siguiente escala:
Nº de trabajadores | de 50 a 100 | de 101 a 50 | de 501 a 1.000 | de 1.001 a 2.000 | de 2.001 a 3.000 | de 3.001 a 4.000 | de 4.000 en adelante |
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Nº de delegados de prevención | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 |
El Comité de Seguridad y Salud Laboral
El Comité de Seguridad y Salud Laboral es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos. Quedará constituido en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores.
Las empresas con Delegados/as de Prevención, y también las que dispongan de Comité de Seguridad y Salud Laboral, deben comunicarlo al Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (ISSLA) a través del portal de trámites en línea del Gobierno de Aragón. Esta obligación se hace extensiva para todas as empresas que hubieran realizado estas comunicaciones antes del 25 de diciembre de 2016.
Registro: enlaces al portal de trámites en línea
Última actualización: 06/08/2024
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